LA CORRUPCIÓN…MATA

N de R.- Hoy iniciamos con la primera de varias partes sobre un trabajo de investigación a cargo de nuestro nuevo colaborador semanal. Estudioso de las Relaciones Internacionales y conocedor de la Diplomacia, funcionamiento político y social de algunos países en los que ha estado, el autor de este espacio abordará el siempre polémico tema de la corrupción y la impunidad que genera, así como los intentos que se hacen por combatirla en varias naciones, incluyendo México.
PRIMERA PARTE
En los últimos años, en América Latina hemos sido testigos de la existencia de una tendencia preocupante hacia el debilitamiento de las instituciones de gobernabilidad y el detrimento del respeto y protección de los derechos humanos. Esa tendencia se ha visto aumentada por el fenómeno de la corrupción, extendido en toda la Región Latinoamericana, en tanto la misma ha afectado las instituciones de justicia, ha mermado el Estado de Derecho, ha distorsionado los procesos políticos y ha promovido sustancialmente la impunidad en la mayoría de nuestras naciones.
Desde la creación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el 24 de octubre de 1945, los Estados miembros que la conforman, se han comprometido no sólo a mantener y sostener la Paz, la Justicia, la Democracia y la defensa de los Derechos Humanos de todas las personas que habitan este planeta sino a combatir el flagelo que ha causado más daño a los ciudadanos ocasionándoles en muchas de las veces hasta la muerte.
Este flagelo criminal que se ha infiltrado hasta en las instituciones más sólidas de la mayoría de los Países y al cual ya hicimos referencia, lo conocemos como CORRUPCIÓN, misma que debido a su práctica, en su gran mayoría genera IMPUNIDAD.
No obstante, dicho compromiso que han ratificado la mayoría de los países que actualmente forman parte de la Asamblea General de dicho Organismo Internacional, en muchas de estas Naciones ha sido vulnerado, no en una ocasión sino múltiples veces, no únicamente por países subdesarrollados, sino por aquellos que se jactan de ser de primer mundo.
Es en ese contexto que se gesta el presente documental investigativo, mismo que se desarrollará en diversas partes y que se publicará en este espacio informativo que nos brinda su Directora, donde se tratará de concientizar y sensibilizar al lector sobre la importancia del combate al fenómeno de la corrupción para con ello, erradicar la impunidad, en este caso, existente en nuestra Nación Mexicana.
Asimismo, entre otros aspectos, nuestra colaboración versará sobre el análisis general de los instrumentos internacionales más importantes en materia de combate a la corrupción, así como de las legislaciones existentes en México y en otros países, las buenas prácticas que han resultado de interés en el combate a este daño y los mecanismos utilizados para su combate, tanto a nivel nacional como internacional, misión que se avizora nada fácil, pero tampoco imposible.
La presente publicación en materia del combate al fenómeno de la corrupción, la cual genera impunidad, tratará de elaborarse de una manera digerible, sin tantos tecnicismos jurídicos, para que el lector comprenda la magnitud e importancia de enfrentar este fenómeno criminal; no obstante, debido a lo extenso y complejo, no podrá ser agotado en una sola parte.
En ese contexto, en principio, es relevante hacer una referencia general de los fundamentos legales en el combate a la corrupción, primeramente por su importancia, a nivel internacional. En este orden de ideas se hace mención a lo que en su momento refirió Kofi A. Annan, ex secretario General de la Organización de las Naciones Unidas en el prefacio de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción referente a la Resolución 58/4 de la Asamblea General, de fecha 31 de octubre de 2003:
“La corrupción es una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad. Socava la democracia y el estado de derecho, da pie a violaciones de los derechos humanos, distorsiona los mercados, menoscaba la calidad de vida y permite el florecimiento de la delincuencia organizada, el terrorismo y otras amenazas a la seguridad humana. Este fenómeno maligno se da en todos los países —grandes y pequeños, ricos y pobres— pero sus efectos son especialmente devastadores en el mundo en desarrollo.
…La corrupción afecta infinitamente más a los pobres porque desvía los fondos destinados al desarrollo, socava la capacidad de los gobiernos de ofrecer servicios básicos, alimenta la desigualdad y la injusticia y desalienta la inversión y las ayudas extranjeras. La corrupción es un factor clave del bajo rendimiento y un obstáculo muy importante para el alivio de la pobreza y el desarrollo”.
Esta Convención en materia de Combate a la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas, fue realizada en nuestro país, en Yucatán, del 9 al 11 de diciembre del 2003. Después de haber sido firmada por 95 países en Mérida, y con la presentación del instrumento de ratificación número 30, la Convención entró en vigor el 14 de diciembre del 2005. Los objetivos medulares de la Convención que se pueden leer en el preámbulo consisten en la prevención y el combate de las prácticas corruptas, como lo es el lavado de dinero, mediante su sanción en materia penal, civil o administrativa y con base en una efectiva cooperación y asistencia técnica internacional.
Asimismo, en sus objetivos, se pueden mencionar la eficacia en la gestión de los asuntos públicos, la transparencia que debe prevalecer en las funciones públicas, la realización de un verdadero Estado de Derecho que garantice la igualdad ante la ley, la equidad y la independencia del Poder Judicial, la realización de las garantías del debido proceso y la no intervención en los asuntos internos de otros Estados.
Como medios para el logro de esos objetivos, encontramos en la Convención: medidas preventivas, tipificación de delitos, jurisdicción y eficiencia procesal, cooperación internacional y recuperación de activos. Estas medidas deben realizarlas mediante normas e instrumentos del derecho interno de los Estados. También se hace referencia a los delitos que son cometidos por y con motivo de actos de corrupción, entre ellos el soborno a funcionarios públicos nacionales, extranjeros o internacionales (cohecho activo y pasivo), el peculado, la apropiación indebida o desviación de bienes por un funcionario público, el tráfico de influencias, el abuso de funciones, el enriquecimiento ilícito, el soborno en el sector privado, el peculado de bienes en el sector privado, el lavado de dinero, el encubrimiento y la obstrucción de la justicia.
De igual manera, se solicita prever en la legislación estatal la responsabilidad de personas jurídicas, así como el pago de daños y perjuicios a las víctimas de las conductas corruptas. Este instrumento internacional ha sido de gran ayuda para los países del Orbe, quienes en su gran mayoría lo han incorporado en su legislación interna para con ello lograr el combate de la corrupción y con ello erradicar o minimizar la impunidad.
En el ámbito universal del corpus iuris en materia del combate a la corrupción, además de este instrumento, existen otros; asimismo, en el ámbito regional existe la Convención Interamericana Contra la Corrupción, de la cual, entre otras, se hablará en la próxima publicación -de cada martes- para ir esclareciendo el panorama que compartiremos en varios artículos.
“Fiat Iustitiae, Pereat Mundus”.

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