POR LOS RINCONES DE LA HISTORIA

23 de julio, Ley de Matrimonio Civil

Benito Juárez, en su carácter de presidente interino de México, expidió el 23 de julio de 1859 la Ley de Matrimonio Civil, la que formaba parte de otras Leyes de Reforma, emitidas en la misma ocasión, en el estado de Veracruz.
Antes, en 1857, se había expedido la Ley de Registro Civil, por la que las autoridades civiles podían y deberían registrar ciertos actos considerados del estado civil, entre ellos el matrimonio. Hasta entonces, cualquier matrimonio era un acto sujeto sólo al derecho canónico.
Dicha ley era muy clara en diferentes aspectos. Señalaba, que únicamente se podrían casar un hombre y una mujer, y que sólo la muerte disolvía la unión. La bigamia y la poligamia estaban prohibidas y quedarían sujetas a penas. Cuando se separaran, no se podrían casar mientras viviera alguno de los cónyuges.

Había más tipificaciones: los hombres no se podrían casar antes de los 14 años, y las mujeres tampoco antes de los 12. Y si los varones quisieran casarse, siendo menores de 21 años, y las mujeres, menores de 20, tendrían que contar con la autorización de sus padres.
Había otro apartado muy importante, como era el que establecía el impedimento para casarse, si existía cierto parentesco consanguíneo, y también si se contaba con males como la locura. Una verdadera transformación en la vida de la sociedad se produjo con el gobierno liberal de Benito Juárez. Hubo mucha resistencia de parte de sectores que no querían perder su coto de poder, como se dice. Muchos privilegios se derrumbaron, costó sangre y enfrentamientos.

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