LA CORRUPCIÓN…MATA

“El primer signo de la corrupción en una sociedad que todavía está viva es que el fin justifica los medios” (Georges Bernanos).
Por FerMan

En un país democrático como lo es México, las administraciones de gobierno vienen y van, y cada una, indistintamente de su ideología política, llega creyendo que trae consigo la “varita mágica” que acabará con la corrupción, la impunidad, la violencia y todo aquello que atenta contra el Estado de Derecho.
No obstante, la historia nos demuestra que,  una vez asentados en el poder, el nuevo gobierno, termina cometiendo, no sólo los mismos errores que su antecesor, sino más perjudiciales y en la mayoría de las ocasiones, de tal magnitud que se convierten en actos ilegales, incomprensibles y contradictorios, lo cual también abona a la corrupción e impunidad.
No pretendo hacer una crítica ideológica, esa no es la intención en el presente escrito, pues como lo he venido señalando en anteriores publicaciones, la corrupción e impunidad no es exclusiva de una ideología, no es de derecha o de izquierda, en ambos sistemas de gobierno, por desgracia, se han cometido y se siguen cometiendo actos de corrupción, aún y cuando se pretenda darles un tinte de legalidad; tampoco pretendo demeritar a la Institución del Ejército Mexicano, sin el cual la soberanía de nuestra patria correría grandes riesgos de posibles invasiones extranjeras; reconociéndole, además, su importancia y gran aportación en todos los momentos difíciles que ha pasado nuestra Nación, ante todo, cuando han ocurrido catástrofes naturales, entre otras acciones loables que constantemente realizan las Fuerzas Castrenses de México.
Lo que si espero, es mostrar un breve pero contundente análisis, del gran error que el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Andrés Manuel López Obrador, cometió al emitir el Acuerdo de fecha 8 de mayo de 2020 publicado en el Diario Oficial de la Federación, en el cual ordena la participación de las Fuerzas Armadas en materia de Seguridad Pública.
Dicho acto lleva implícito una altísima dosis de peligro para los derechos humanos y para el Estado de Derecho de nuestra Nación. Lo anterior se advierte y es preocupante conforme a lo siguiente: 1.- Dicho Acuerdo vulnera la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de la Guardia Nacional y Ordenamientos Internacionales, que el Estado Mexicano, nos guste o no, está obligado a respetar y obedecer. 2.- Se trasgrede el artículo 21 de la Constitución, el cual es precisamente donde se establece la obligatoriedad del “carácter civil” de las Instituciones de Seguridad Pública. 3.- También contraviene la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en su artículo 6º que señala claramente que las Instituciones de Seguridad Pública serán de “carácter Civil”. 4.- Las atribuciones que se le permitirán realizar a la Fuerza Armada según el artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional, corresponden única y exclusivamente a Instituciones de Seguridad Pública de “carácter Civil”. 5.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en diversas sentencias emitidas contra del Estado Mexicano, ha señalado que las Fuerzas Armadas NO deben realizar tareas de Seguridad Pública al interior de los Estados, debido a que constantemente vulneran derechos humanos de los ciudadanos.
Entre algunas de las sentencias se encuentran, la más reciente, Alvarado Espinoza y Otros contra el Estado Mexicano (Diciembre de 2018); Rosendo Radilla Pacheco; Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega; entre otras, donde en las mismas, la Corte Interamericana recomienda al Estado Mexicano NO MILITARIZAR la Seguridad Pública, debido a los grandes riesgos que ello conlleva para la población en cuanto a los derechos humanos. 6.- Asimismo, de las 204 Recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, emitidas del 2006 al 2017, por motivo de actos de tortura, desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, en el 68% de las mismas las Fuerzas Armadas han sido señaladas como la autoridad responsable. 7.- La Guardia Nacional se verá influenciada por controles militares, lo que conlleva a la MILITARIZACIÓN  de la Seguridad Pública, debido a que aún y cuando en el mencionado Acuerdo se indica que la Fuerza Armada participará de forma extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria con la Guardia Nacional, lo cierto es que, en la práctica y conforme a la historia de nuestro país, ha sucedido lo contrario, pues es difícil que las organizaciones castrenses sometan su actuación a una autoridad civil, debido  precisamente, a la capacitación y adiestramiento militar de sus integrantes.
En síntesis, podemos concluir que el Acuerdo del 8 de mayo de 2020 donde se ordena a las Fuerzas Armadas realizar labores de Seguridad Pública, firmado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, así como por el secretario de la Defensa Nacional  Luis Crecencio Sandoval González, el secretario de Marina José Rafael Ojeda Durán y del secretario de Seguridad Pública y Protección Ciudadana Francisco Alfonso Durazo Montaño, no sólo contraviene la legislación nacional, sino que implica un retroceso en materia de derechos humanos que se contrapone al ordenamiento jurídico jurisdiccional y no jurisdiccional de protección a los Derechos Humanos.
Por desgracia, en ese contexto, se avizoran negros nubarrones para garantizar el respeto de los derechos humanos de los mexicanos y un debilitamiento al Estado de Derecho de nuestro querido México.
“Fiat Justitiae, Pereata Mundus”.

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